Aspectos Clave que Debe Saber
Para elegir el camino correcto, revise estos puntos fundamentales:
¿Qué Significa Esto Para Usted?
Significa que el “no tengo un papel firmado” ya no es una excusa válida para no cobrar. Si usted tiene pruebas (chats, transferencias, correos), puede acudir al juez mediante el Proceso Monitorio. Si fue precavido y tiene un pagaré o letra, puede solicitar medidas cautelares (embargos de cuentas o salarios) rápidamente mediante el Proceso Ejecutivo.
Su tarea inmediata es organizar todas las pruebas documentalmente. Si la deuda es pequeña, intente primero un acercamiento en un Centro de Conciliación; es más barato y rápido. Si eso falla, el sistema judicial está diseñado para proteger su patrimonio, pero debe actuar antes de que la deuda prescriba (venza por el tiempo).
Conclusión y Llamada a la Acción:
En resumen, ya sea mediante un Proceso Ejecutivo o un Monitorio, en 2025 existen mecanismos robustos para asegurar que usted reciba el pago que se le adeuda. No deje perder su dinero por inacción.
¿Tiene dudas sobre su caso específico o enfrenta una situación similar? En LSG Jurídico estamos para ayudarle. Contáctenos y reciba la asesoría legal que merece.