¿Despido o Renuncia en 2025? Verifique Su Liquidación y Evite Abusos

Finalizar un contrato laboral es un momento crucial que mezcla incertidumbre financiera y cierre de ciclos. Ya sea que usted haya renunciado o que la empresa haya decidido prescindir de sus servicios, la pregunta del millón siempre es la misma: “¿Me están pagando todo lo que me deben?”. En este 2025, con los nuevos valores salariales vigentes, es vital que usted no firme a ciegas. Una liquidación mal calculada puede significar la pérdida de dinero que usted se ganó con su esfuerzo diario.

¿Qué Dice la Ley en Colombia?

La normativa laboral colombiana, regida por el Código Sustantivo del Trabajo (CST), es estricta: la liquidación de prestaciones sociales y salarios debidos es un derecho irrenunciable. Para este año 2025, todos los cálculos deben ajustarse al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (1.423.500) y al Auxilio de Transporte (200.000). La ley establece que el pago debe ser inmediato a la terminación del contrato; no existen “plazos de gracia” de 15 o 30 días que muchas empresas suelen imponer arbitrariamente.

Aspectos Clave que Debe Saber

Para auditar su liquidación, tenga a la mano papel, lápiz y estos datos fundamentales:

¿Cuándo deben pagarle? Legalmente, el pago debe hacerse el mismo día que finaliza el contrato. Si la empresa se demora, el Artículo 65 del CST establece una “sanción moratoria”: un día de salario por cada día de retraso (conocido como “salarios caídos”) durante los primeros 24 meses.
La Base de sus Prestaciones:
Cesantías y Prima de Servicios: Se calculan sumando su Salario Básico + Auxilio de Transporte (si gana hasta 2 salarios mínimos) + Promedio de horas extras y recargos.
Vacaciones: ¡Ojo aquí! Para las vacaciones, NO se suma el Auxilio de Transporte. Solo su salario básico y recargos salariales.
Descuentos Permitidos (Legales): Su empleador solo puede descontarle automáticamente:
Aportes a Salud (4%) y Pensión (4%).
Retención en la fuente (si su salario es muy alto).
Embargos judiciales ya ordenados por un juez (ej. alimentos o deudas).
Cuotas de cooperativas o sindicatos previamente autorizadas por usted.
Descuentos Prohibidos (Ilegales): La empresa NO puede descontarle sin su autorización escrita y expresa:
Pérdida de herramientas, uniformes o equipos.
Daños a inventarios o mercancía.
Deudas por préstamos internos si no hay un documento firmado que autorice el descuento en la liquidación.
Importante: Incluso si usted firmó una autorización, no pueden dejarlo sin el Salario Mínimo Legal, salvo que sea por deudas de cooperativas o alimentos.

¿Qué Significa Esto Para Usted?

Significa que usted tiene el control para verificar su pago final. Si su empleador le entrega un cheque menor al esperado argumentando “daños en el computador” o “pérdida de dotación” sin su permiso o sin un proceso previo, es una señal de alerta. Además, si le dicen “venga por su cheque en dos meses”, sepa que están incumpliendo la ley y usted podría reclamar la sanción moratoria. No reciba valores parciales sin dejar constancia de su inconformidad.

Conclusión y Llamada a la Acción:

En conclusión, una liquidación correcta en 2025 debe reflejar los nuevos valores del salario mínimo, excluir descuentos arbitrarios y pagarse de manera inmediata. No permita que el afán de cerrar el capítulo laboral le cueste dinero.

¿Tiene dudas sobre su caso específico o enfrenta una situación similar? En LSG Jurídico estamos para ayudarle. Contáctenos y reciba la asesoría legal que merece.

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